La Ley General del Agua establece que la responsabilidad sectorial corresponde a la Secretaría MiAmbiente+, especialmente a la Autoridad del Agua (AdA) a la cual se otorga el rol de facilitar la creación de los Consejos de Cuenca. MiAmbiente+, por medio de la Dirección General de Recursos Hídricos (DGRH), es la responsable de ejecutar las políticas del sector hídrico respaldo en los Decretos Ejecutivos PCM-043-2016 y PCM-073-2018[1]. La DGRH elaborará los instrumentos normativos requeridos para la operación de la Autoridad del Agua, conforme con la Ley General de Aguas

A continuación, en la tabla 2. se describen a los principales actores institucionales:

Tabla 2: Instituciones y actores en el marco normativo en el tema de gestión hídrica

Institución/ Actor Funciones relacionadas con el tema de gestión hídrica
Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (MiAmbiente)[2]
  •  Definición, coordinación y evaluación de las políticas relacionadas con el ambiente, los recursos hídricos, así como su protección.
  • Establecer procesos de vigilancia ambiental.
  • Designada como actual autoridad del Agua, mediante la DGRH.
Instituto de Conservación Forestal, Vida Silvestre y Áreas Protegidas (ICF)
  • Ejecución la política forestal, la política de áreas protegidas, de manejo de cuencas (incluyendo sub- y microcuencas).
  • Declaratoria de Microcuencas.
Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG)
  • Definición y coordinación de la política agropecuaria, de riego y drenaje.
  • Promoción de estrategias de aprovechamiento de tierras.
Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SANAA)
  • Regulación de los sistemas de agua y saneamiento a nivel local con apoyo de las alcaldías.
  • Regulación y coordinación con juntas de agua.
Secretaría de Gobernación Justicia y Descentralización (SGJD)
  • Coordinación de las políticas de ordenamiento territorial y desarrollo municipal.
Secretaría de Salud y el Ente Regulador de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento (ERSAPS)
  • La Secretaría de Salud se encarga primordialmente de la prevención de enfermedades y promoción de la salud de la población; la ERSAPS es una institución desconcentrada adscrita a la Secretaría de Salud, con independencia funcional técnica y administrativa, con funciones de regulación y control sobre los prestadores de servicio de agua potable y saneamiento.
El Consejo Nacional de Agua Potable y Saneamiento (CONASA)
  • Es el representante legal del gobierno de Honduras en materia de Agua potable y Saneamiento fija las políticas, estrategias y planes nacionales del sector, creada según decreto 118-2003.
Dirección Ejecutiva del Plan de Nación
  • Responsable de la implementación de la Ley de Visión de País y Plan de Nación para Coordinación regional territorial y un enlace entre la región y el gobierno central. Coordina los Concejos Regionales de Desarrollo en el país
Consejos de Cuenca, Subcuencas y Microcuencas
  • Identificar y proponer para su ejecución acciones en el ámbito de la cuenca, para su inserción en los instrumentos del ordenamiento y la planificación hídrica y de las distintas entidades del Gobierno que tengan presencia en el espacio de la cuenca, subcuenca y microcuenca.
  • Promover ante las instituciones públicas, privadas y comunitarias la implementación de las acciones, políticas y estrategias aprobadas en la planificación hídrica y sectorial de la cuenca, subcuenca y microcuenca.
Municipalidades
  • Responsabilidades de prestación de servicios locales y autonomía fiscal.
  • Competencias en los ámbitos de agua, saneamiento y protección ambiental.
Mancomunidades
  • Gestión de soluciones mancomunadas a problemas comunes de los municipios que las integran.
  • Impulsar acciones de coordinación entre el Estado, gobiernos locales y programas de la cooperación internacional en la región.
  • Desarrollo de capacidades y asistencia técnica para los municipios asociados a las Mancomunidades

Fuente: Elaboración propia en base a ESA Consultores 2016; ProDoc PGHT Fase 2.

[1] En el último Decreto, que data del noviembre del 2018, establece que en un período de 24 meses la DGRH desempeñará el rol de la AdA

[2]   MiAmbiente asume temporalmente las funciones de la Autoridad del Agua a través de su Dirección General de Recursos Hídricos (DGRH).